España “abre” fronteras
El pasado sábado 5 de junio, se publicaron dos disposiciones generales en el BOE que son clave para entender la apertura de la frontera de España. Estas nuevas restricciones son válidas para cualquier ciudadano que quiera entrar en España, seas ciudadano Español, comunitario o extracomunitario.
Actualmente, todos los viajes no-imprescindibles procedentes de fuera de la Unión Europea están limitados, salvo:
- Procedas de un país seguro (Australia, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, China incluyendo Hong Kong y Macao) o una región segura dentro de la UE. No hay restricciones, únicamente será necesario rellenar el formulario SpTH (no es necesario demostrar prueba diagnóstica de infección activa, vacunación o haber superado la enfermedad)
- O bien, en base a una serie de categorías, estás exento de esta restricciones de viajes no imprescindibles. Estos ciudadanos además de rellenar el formulario SpTH, serán sometidos a un control documental (certificado vacunación, diagnóstico o recuperación).

España “abre” fronteras.
¿Qué se ha publicado en el BOE el pasado 5 de junio?
Primero, se ha modificado el listado de categorías específicas de personas que están exentas de las restricciones de viajes no imprescindibles. Por primera vez, el Gobierno de España introduce el criterio de vacunación contra COVID-19 como exención de las restricciones de viajes no-esenciales.
Así desde hoy 7 de junio de 2021 se ha añadido el punto siguiente al listado de categorías exentas de la restricción de viajes no-imprescindibles:
Personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos.
Esta actualización la encontrarás en la Orden INT/552/2021, de 4 de junio, bajo Artículo 1, apartado k). En el BOE también encontrarás el resto de las categorías que están exentas de las restricciones de viajes no imprescindibles.
No obstante, una excepción: si provienes de Brasil, Sudáfrica o India, únicamente pueden entrar a España ciudadanos de nacionalidad Española. Independientemente del estado de vacunación, será necesario realizar cuarentena a la llegada a España procediendo desde India.
¿Qué vacunas reconoce el Ministerio de Sanidad?
Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud. Estas son: Pfizer-BioNTech, Moderna, Oxford-Astrazeneca y Janssen, además de las vacunas Chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac. El resto de vacunas no serán aceptadas.
Segundo, se modifica el control documental a pasajeros provenientes de zonas de riesgo (todas las regiones que no están consideradas seguras, tanto comunitarias como extracomunitarias).
Desde hoy 7 de junio, deberás demostrar como mínimo uno de los tres siguientes criterios:
- Certificado de vacunación: certificado expedido por las autoridades competentes del país de origen que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19, con la segunda dosis (o única dosis en el caso de Janssen) como mínimo 14 días antes de la entrada a España. Solo serán aceptadas: Pfizer-BioNTech, Moderna, Oxford-Astrazeneca, Janssen, además de las Chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac.
- Certificado diagnóstico: certificado que indique el resultado negativo de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 expedidos en las cuarenta y ocho horas (48h) anteriores a la llegada a España. Se aceptan tanto las pruebas de amplificación de ácidos nucleicos (como la PCR), así como las pruebas de detección de antígeno.
- Certificado de recuperación: certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19.
Los ciudadanos residentes en la UE con el Certificado COVID Digital de la UE podrán realizar la validación de forma automática a la hora de rellenar el formulario SpTH, permitiendo el uso del carril FAST CONTROL a la llegada a España.
En la disposición 9352 publicada en el BOE del 5 de junio de 2021 encontrarás todos los detalles con los criterios específicos de cada certificado (vacunación, diagnóstico, recuperación), como idiomas aceptados y qué detalles deberá incluir cada certificado. También encontrarás las excepciones (por ejemplo, menores de 6 años están exentos de demostrar cualquier certificado, no obstante, si deberán rellenar el formulario SpTH).
La gran diferencia es la inclusión del certificado de vacunación como documento válido para entrar a España además del cambio en la estrategia de las pruebas diagnósticas: a partir de hoy será suficiente mostrar prueba de antígeno o PCR realizada en las 48 h antes de la entrada al país (hasta la fecha, solo era posible con prueba PCr realizadas en las 72 h antes de la llegada).
Asimismo, cabe recordar que estas restricciones están vigentes hasta finales de junio, pero es 100% probable que se extenderán.
Etihad Airways regresa a Málaga este verano
Etihad Airways ha anunciado el incio de sus operaciones con Málaga, destino inicialmente planeado para 2020 pero cancelado por la pandemia. Entre el 9 de julio y el 15 de septiembre, la compañía con base en el Emirato de Abu Dhabi enlazará la capital Abu Dhabi con Málaga con dos vuelos semanales. Málaga es el tercer destino de Etihad Airways en España, junto a Madrid y Barcelona.
La ruta a Málaga de Etihad Airways será operada por un Boeing Dreamliner 787-9 con tres clases: 8 First Class Suites, 28 butacas Business y 190 pasajeros en turista.

Málaga, nuevo destino de Etihad Airways.
Etihad operará la ruta a Málaga con paradas en Rabat en ambos sentidos, según el siguiente horario:
EY615 Abu Dhabi (AUH) 08:25 - 13:35 Rabat (RBA) // 15:15 - 17:25 Málaga (AGP) EY616 Málaga (AGP) 18:45 - 18:55 Rabat (RBA) // 20:35 - 06:55 + 1 Abu Dhabi (AUH)
La ruta operará entre el 9 de julio hasta el 15 de septiembre de 2021 con tres vuelos semanales: miércoles, viernes y domingos.
La Costa del Sol parece que se está convirtiendo en un lugar de veraneo muy popular para los árabes. Recientemente, tanto Qatar Airways como Gulf Air han anunciado su intención de reucuperar la ruta con Málaga este verano 2021.
La nueva ruta de Etihad Airways a Málaga, comparando con las opciones de Gulf Air y Qatar Airways, conlleva un gran inconveniente y horas extras de vuelo, debido a su escala en Rabat en ambos sentidos.
En lo relacionado a pasajeros frecuentes, podrás acumular millas en el propio programa de la aerolínea (Etihad Guest). Alternativamente, también tienes la opción de sumar millas Suma en el programa de Air Europa en cada vuelo de Etihad.
Hola! Puedes revisar lo de Brasil y sudafrica que mencionas? Realmente he estado leyéndome el BOE y solo la India necesita cuarentena… puede ser? Gracias!
Tienes toda la razón respecto la cuarentena, aunque si se restringe a solo nacionales o residentes en España. En este documento, bastante extenso, viene más o menos explicad: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/pdf/NI_Web_COVID-19_ViajerosInternacionalesX_7Junio2021.pdf
Para los lectores que lean desde fuera de España.
«Puede igualmente presentar el certificado/documento de vacunación expedido por autoridades de un tercer país diferente a Costa Rica (EE.UU., Canadá, etc.) siempre que incluya la información referida anteriormente» exteriores.gob.es/Embajadas/SANJOSEDECOSTARICA/es/Noticias/Paginas/Articulos/20210606_NOT2.aspx Entiendo que la situación es la misma para el resto de países. Aún así, una comunicación con la embajada española en el país de residencia no está mal.